12. Radiocomunicaciones

Quien ande por la mar, aprende a rezar.

El sistema SMSSM / GMDSS

L
as radiocomunicaciones marítimas se regulan a través del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar y se basan en un sistema global de seguridad marítima.

Se trata del denominado «Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM)» o GMDSS (del inglés Global Maritime Distress and Safety System).

Dicho convenio obliga al capitán de todo buque que, hallándose en la mar, reciba una señal que indique que una embarcación, una aeronave, una embarcación de supervivencia o una persona se halla en peligro, debe acudir a toda máquina en su auxilio, indicándoles que acude a auxiliarlos.

La Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) mantiene como obligatoria la escucha permanente en el canal 16 de VHF, tanto para los buques como para las estaciones costeras nacionales.

Paulatinamente se ha ido introduciendo también la Llamada Selectiva Digital (LSD) o DSC (del inglés Digital Selective Calling) que constituye una parte integrante del SMSSM y se utiliza principalmente para transmitir las alertas de socorro de los buques y el acuse de recibo correspondiente de las estaciones costeras. También se utiliza para transmitir las alertas de urgencia, seguridad e incluso las llamadas rutinarias.

Para todas estas operaciones se utilizan frecuencias en las bandas de Ondas Métricas (VHF), Hectométricas (MF) y Decamétricas (HF). Para las operaciones de socorro y seguridad se utilizan las frecuencias símplex que se indican a continuación:

  • Métricas (VHF) 156,525 MHz (canal 70)
  • Hectométricas (MF) 2.187,5 KHz
  • Decamétricas (HF) 4.207,5; 6.312; 8.414,5; 12.577 y 16.804,5 KHz

SMSSM.png

La DGMM, siguiendo las directrices establecidas por los organismos internacionales competentes, elaboró el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, comenzó la aplicación de las nuevas normas de radiocomunicaciones para todos los buques y embarcaciones nacionales, entre los que se incluyen tanto aquellos que se dedican a la actividad pesquera como los dedicados a la náutica de recreo. De esta forma se asegura que ningún buque o embarcación nacional queda excluida del sistema y tiene, asimismo, la oportunidad de hacerse oír en caso de encontrarse ante una emergencia.

Zonas marítimas del SMSSM y su relación con las zonas de navegación de las embarcaciones de recreo

El equipamiento que una embarcación está obligada a llevar depende de la zona o zonas donde realice sus navegaciones. Así, una embarcación que realice navegaciones cercanas a la costa únicamente deberá ir provista de un equipo de VHF. Si el buque navega más allá de esa distancia hasta aproximadamente las 200 millas, deberá ir provisto también de un equipo de Onda Media (MF). Y si se aleja más allá de esa distancia, deberá ir equipado con un sistema de comunicaciones por satélite de Inmarsat o de un equipo de radiocomunicaciones de Onda Corta (HF).

A efectos del tipo de equipos de radiocomunicaciones que deben llevar los buques, se ha dividido el globo terrestre en cuatro zonas marítimas, en función de la distancia de separación de la costa y el alcance de los equipos de radiocomunicaciones establecidos en tierra. Estas zonas son:

• Zona A1: Es el área de cobertura de las estaciones costeras de VHF, con una recepción continua de la alerta de socorro en la frecuencia de LSD de 156,525 MHz (canal 70).

• Zona A2: Es el área de cobertura de las estaciones costeras de ONDA MEDIA (MF), con una recepción continua de la alerta de socorro en la frecuencia de LSD de 2.187,5 kHz.

• Zona A3: Es el área de cobertura de las estaciones costeras de ONDA CORTA (HF) con recepción de alertas de socorro en las frecuencias de LSD de 4.207,5-6.312- 8.414,5-12.577-16.804,5 kHz y de las estaciones terrenas de satélites geoestacionarios de INMARSAT, abarcando prácticamente todas las zonas marítimas con excepción de los casquetes polares.

• Zona A4: Comprende las zonas polares, aproximadamente entre las latitudes 70 N y 70 S con cobertura de las estaciones costeras de ONDA CORTA (HF) con recepción de alertas de socorro en las frecuencias de LSD de HF.

A efectos del equipamiento radioeléctrico que deban llevar los buques españoles, la administración española, en el artículo 4 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre (BOE 210, de 1 de noviembre), ha establecido las siguientes zonas marítimas:

a. La zona marítima comprendida entre cualquier punto del litoral mediterráneo y sur peninsulares y los puertos de Ceuta o Melilla, así como la zona marítima entre islas del archipiélago canario o balear, se considera a todos los efectos como zona marítima A1.

b. La zona comprendida entre cualquier punto del litoral mediterráneo y sur peninsulares o los puertos de Ceuta y Melilla y cualquiera de las islas del archipiélago balear, tendrá para los buques indicados la consideración de zona marítima A1,

c. La zona norte/sur de la costa portuguesa se considerará como zona marítima A2.

d. La zona comprendida entre cualquier punto de la costa nacional peninsular o insular y los puertos del archipiélago canario, así como la zona de costa del noroeste africano cuya distancia desde una estación costera nacional peninsular o insular sea superior a las 150 millas, tendrá la consideración de zona marítima A3.

ZONAS.png

12. 1. Equipamiento radioeléctrico obligatorio

A estos efectos, las zonas de navegación referidas a continuación son las contempladas en el Anexo 14. 2. Zonas de navegación de las embarcaciones de recreo.

Las embarcaciones de recreo autorizadas a realizar navegaciones por la zona 1, deberán estar provistas, como mínimo, del siguiente equipamiento radioeléctrico:

a. Una instalación radioeléctrica de MF/HF con LSD o en su lugar una Estación Terrena de Buque (ETB) de Inmarsat.

b. Una instalación radioeléctrica de VHF con LSD.

c. Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática y manual.

d. Un receptor Navtex.

e. Un equipo radiotelefónico bidireccional portátil de VHF.

f. Un respondedor de radar de 9 GHz.

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 2 deberán ir provistas, como mínimo, del siguiente equipamiento radioeléctrico:

a. Una instalación radioeléctrica de VHF con LSD.

b. Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática y manual.

c. Un equipo portátil bidireccional de VHF o un respondedor de radar de 9 GHz

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 3, deberán ir provistas, como mínimo, del siguiente equipamiento radioeléctrico:

a. Una instalación radioeléctrica de VHF con LSD.

b. Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática y manual o únicamente manual.

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 4 deberán ir provistas, como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF, la cual deberá ser apta para utilizar las técnicas de LSD.

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 5, deberán ir provistas de una instalación radioeléctrica de VHF (fija o portátil). Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser con LSD. Si el equipo es portátil, deberá ser válido para cumplir con el SMSSM.

Además del equipamiento radioeléctrico que les corresponda por el tipo de navegación que realizan, las embarcaciones que vayan a participar en competiciones deportivas náuticas, deberán ir provistas de aquellos equipos que sean considerados adecuados a juicio de la DGMM si se trata de regatas transoceánicas o de la Capitanía Marítima de Primera en aquellos casos de regatas de ámbito local o regional, siempre teniendo en cuenta el tipo de regata y la zona por donde vayan a realizar estas navegaciones. Asimismo, la Administración Marítima podrá establecer las condiciones de escucha o controles radioeléctricos que deben ser utilizados por los participantes.

12. 2. Procedimiento habitual de llamada al club náutico por canal 9 de VHF

El canal 9 es el canal comúnmente utilizado por los clubes náuticos para contactar con las embarcaciones de recreo y viceversa. Las comunicaciones en este canal se limitarán a las necesarias para el servicio entre estos centros y los usuarios de las embarcaciones que navegan en su ámbito de cobertura.

Llamada a un club náutico (canal 9) cuando nos encontramos en sus proximidades

Cuando las condiciones para el establecimiento de la comunicación sean buenas, la llamada puede ser:

  • Señal de identificación de la estación llamada (sólo UNA vez).
  • La palabra AQUÍ (o DE, utilizando las palabras del código DELTA ECHO).
  • Señal de identificación de la estación que llama (DOS veces).

12. 3. Procedimientos en la banda de VHF

Procedimiento general para realizar una llamada a una estación costera (canal 16)

Cuando una embarcación llame a una estación costera utilizando la banda de VHF, realizará la llamada de la siguiente forma:

  • Señal de identificación de la estación llamada (TRES veces a lo sumo)
  • La palabra AQUÍ (o DE, utilizando las palabras de código DELTA ECHO)
  • Señal de identificación de la estación que llama (TRES veces a lo sumo).

No obstante, cuando las condiciones para el establecimiento de la comunicación sean buenas, la llamada descrita puede ser reemplazada por:

  • Señal de identificación de la estación llamada (sólo UNA vez)
  • La palabra AQUÍ (o DE, utilizando las palabras del código DELTA ECHO)
  • Señal de identificación de la estación que llama (DOS veces).

Cuando una estación de barco llame, en un canal de trabajo, a una estación costera que atienda más de un canal en Ondas Métricas, deberá indicar el número del canal utilizado para la llamada. Una vez establecido el contacto, la identificación del barco sólo podrá transmitirse una sola vez.

Frecuencia para la llamada

En las bandas comprendidas entre 156 MHz y 174 MHz, las llamadas entre barcos y desde una estación costera a una estación de barco procurarán hacerse, en general, en la frecuencia de 156,800 MHz (canal 16). No obstante, la llamada de una estación costera a una estación de barco podrá efectuarse en un canal de trabajo o en un canal de dos frecuencias destinado a la llamada.

Excepto en las comunicaciones de socorro, urgencia o seguridad, en que debe utilizarse la frecuencia de 156,800 MHz (canal 16), la llamada de una estación de barco a una estación costera debe hacerse, en lo posible, en un canal de trabajo o en un canal de llamada de dos frecuencias.

Respuesta a la llamada

Cuando una estación de barco debe responder a una llamada efectuada por una estación costera o por otro barco, transmitirá la respuesta a esa llamada de la forma siguiente:

  • Señal de identificación de la estación que llama (TRES veces a lo sumo)
  • La palabra AQUÍ (o DE, utilizando las palabras del código DELTA ECHO)
  • Señal de identificación de la estación llamada (TRES veces a lo sumo).

Frecuencia para la respuesta

Cuando una estación reciba una llamada en la frecuencia de 156,800 MHz (canal 16), procurará responder en la misma frecuencia, a no ser que la estación que llama haya indicado otra frecuencia para la respuesta.

Indicación de la frecuencia que debe utilizarse para el tráfico

Una vez establecido el contacto entre una estación costera del servicio de correspondencia pública y una estación de barco, en la frecuencia de 156,800 MHz (canal 16) o en el canal de llamada de dos frecuencias, ambas estaciones pasarán a uno de sus pares de frecuencias normales de trabajo de la estación costera. La estación que llama indicará el canal al que se propone pasar.

Establecido el contacto entre dos estaciones de barco en la frecuencia 156,800 MHz (canal 16), la estación que llama procurará indicar el canal de comunicación entre barcos que propone se utilice para el intercambio del tráfico, identificándolo por la frecuencia expresada en MHz o, preferentemente, por su número de canal.

No obstante, no es necesario utilizar una frecuencia de trabajo para una breve transmisión, que no exceda de un minuto, siempre que se refiera a la seguridad de la navegación, y sea importante que todos los barcos que se encuentren en la zona de servicio reciban esta transmisión.

Las estaciones que capten una transmisión concerniente a la seguridad de la navegación deberán escuchar el mensaje hasta que tengan la certidumbre de que no les concierne. Se abstendrán de efectuar toda transmisión que pueda perturbar la del mensaje.

Dificultades en la recepción de las llamadas

Si la estación llamada se encontrase en la imposibilidad de aceptar el tráfico inmediatamente, procurará responder a la llamada en la forma señalada anteriormente, añadiendo a su respuesta la expresión:

  • «Espere … minutos» (o AS, utilizando las palabras de código ALFA SIERRA … minutos, en caso de dificultades de idioma), indicando en minutos la duración probable de la espera.

Si esta duración fuera a exceder de diez minutos, deberá indicarse la razón de la espera. En lugar de seguir este procedimiento, la estación llamada podrá dar cuenta, por cualquier medio apropiado, de que no se halla en condiciones de recibir el tráfico inmediatamente.

Cuando una estación reciba una llamada sin tener la seguridad de que le está destinada, no responderá hasta que la llamada haya sido repetida y comprendida.

Cuando una estación reciba una llamada destinada a ella, pero tenga dudas sobre la identificación de la estación que llama, responderá inmediatamente y pedirá a esta última que repita su distintivo de llamada o cualquier otra señal de identificación que utilice.

12. 4. Procedimientos de radiocomunicación en caso de emergencias

Canal 16 VHF (Voz) – Canal 70 VHF en Llamada Selectiva Digital (LSD).

Frecuencia 2.182,5 kHz en Onda Media (OM) o en BLU (Banda Lateral Única).

Frecuencia 2.187,5 kHz en LSD.

Utilice siempre los procedimientos internacionales reglamentados para hacer una llamada de socorro. Sólo así tendrá la seguridad de que su llamada es escuchada y que será atendida por los servicios de salvamento o por embarcaciones próximas que permanecen a la escucha.

Recuerde que la valoración del tipo de emergencia y su gravedad es responsabilidad del patrón de la embarcación. Las llamadas pueden ser de Socorro – Urgencia – Seguridad.

Llamada de Socorro DISTRESS – MAYDAY

La vida de uno o de todos los miembros de la tripulación se encuentra en peligro inmediato.

No confíe exclusivamente en la Llamada Selectiva Digital. Quienes han recibido su llamada de socorro esperan escucharle.

Tiene prioridad absoluta sobre todos los demás tráficos radio. Los buques y embarcaciones en la zona deben acudir en ayuda, acusar recibo e incluso hacer a su vez una llamada MAYDAY – RELAY (Medé – Relé) para garantizar que la llamada es recibida por los servicios de salvamento.

Actuación si dispone de unos minutos y no necesita abandonar la embarcación de inmediato:

– Si su embarcación está equipada para utilizar el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM), según las zonas de navegación, pulse brevemente el botón DISTRESS (color rojo) en su equipo de Llamada Selectiva Digital. Se da por hecho que el equipo está sintonizado en la frecuencia o canal adecuados (Canal 70 de VHF – frecuencia 2.187,5 kHz de OM).

– La simple pulsación emite una señal de socorro. Si el equipo está conectado con el GPS, enviará su posición. Si el equipo está así programado, enviará su identificación. Si el equipo está puesto en la hora correcta (UTC), enviará la hora exacta de la emisión.

– En todo caso, la pantalla del equipo le mostrará un menú con hasta 12 diferentes opciones sobre la “naturaleza del peligro” (incendio, colisión, vía de agua, naufragio, sin gobierno, etc.). También le ofrecerá la posibilidad de validar o rectificar su posición y la hora

– Seleccione el dato adecuado en el teclado y valide con la tecla Enter.

– Pulse el botón DISTRESS otra vez durante al menos 5 segundos. En pantalla aparece el mensaje completo y la alerta se transmitirá.

Espere un acuse de recibo en el mismo Canal o frecuencia con el que emitió la llamada de socorro. Si tarda en llegar, repita las operaciones anteriores.

Cuando llegue el acuse de recibo, prepárese para emitir un MAYDAY de voz por el Canal 16 de VHF.

Seleccione el canal 16 de VHF y diga:

– MEDÉ, MEDÉ, MEDÉ (Mayday, Mayday, Mayday).

– Aquí… (nombre de la embarcación, o el indicativo de llamada o el MMSI – repetido tres veces seguidas).

– Posición… (diga las coordenadas).

– Tenemos… (describa con precisión y concreción la naturaleza del peligro).

– Pedimos asistencia… (diga el tipo de asistencia que necesita).

– Añadir otra información… (personas a bordo, descripción de la embarcación,…).

– Aquí… (nombre de la embarcación, o indicativo). TERMINADO.

Llamada de Urgencia DISTRESS – PAN-PAN

La embarcación o una persona se encuentran en dificultades, pero no existe riesgo inmediato para la vida.

Si utiliza LSD, sintonice Canal 70 o 2.187,5 kHz. En el Menú de llamadas, seleccione “Llamada de Urgencia”. En el submenú, escoja el destinatario (todas las Estaciones, Área geográfica concreta o Estación determinada).

Para transmisión de voz, seleccione el canal 16 de VHF o frecuencia 2.182 kHz y diga:

– PAN-PAN PAN-PAN PAN-PAN.

– Llamada a todas las estaciones (o a una concreta estación).

– Aquí… (nombre de la embarcación, o indicativo de llamada o el MMSI – repetido tres veces seguidas).

– Posición… (diga las coordenadas).

– Tenemos… (describa con precisión y concreción la naturaleza del peligro).

– Pedimos asistencia… (decir el tipo de asistencia que necesita).

– Añadir otra información… (personas a bordo, descripción de la embarcación,…).

– Aquí… (nombre de la embarcación o indicativo) TERMINADO.

Llamada de Seguridad DISTRESS – SECURITÉ.

Informa sobre una amenaza para la seguridad de la navegación o importante desde el punto de vista meteorológico.

Seleccione “Llamada de Seguridad” y actúe como en caso anterior. Diga:

– SECURITÉ , SECURITÉ, SECURITÉ.

– Aquí… (nombre de la embarcación, o indicativo de llamada o el MMSI – repetido tres veces seguidas).

– Paso al Canal (seleccionar un Canal de trabajo para dejar libre el Canal 16 lo antes posible).

– Aquí… (volver a decir el nombre de su embarcación).

– Seleccionar en el equipo el Canal elegido y decir:

– SECURITÉ SECURITÉ SECURITÉ.

– Aquí… (volver a decir el nombre de su embarcación).

– Transmitir el mensaje de Seguridad.

– Aquí… (volver a decir el nombre de su embarcación) TERMINADO.

Recuerde que los equipos CB (Banda Ciudadana) no son escuchados por los servicios de salvamento.

Un ejemplo de comunicación en inglés vía VHF con un carguero con el que nos cruzamos puede verse en este enlace al apartado 11.4 de preferencias de paso de este manual.

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